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CONADERNA PIDE INFORME SOBRE EXTRACCIÓN DE ÁRBOLES SAMU’U EN EL CHACO


Jueves 28 de Octubre de 2021
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El Senador Juan Afara, Presidente de la Comisión Nacional de Defensa de los Recursos Naturales (CONADERNA), presentó un pedido de informe a varias instituciones en relación a la extracción de árboles de la especie Ceiba Chodatti (Samu’u) por parte de una firma agropecuaria en el distrito de Mariscal Estigarribia, Departamento de Boquerón, para su posterior exportación y comercialización en Europa como planta ornamental. El documento fue aprobado durante la sesión ordinaria de la fecha.

La presentación del senador Afara responde a publicaciones periodísticas que aluden a la preocupación de pobladores locales ante la importante cantidad de árboles  extraídos y la supuesta falta de control por parte de las instituciones responsables.

El proyecto de resolución se dirige al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), Instituto Forestal Nacional (INFONA), Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE) y Dirección Nacional de Aduanas e indaga acerca de los permisos concedidos para la comercialización y recuperación de las plantas ornamentales de la especie Samu’u.

El artículo primero del proyecto de declaración solicita informe sobre los permisos, autorizaciones, fiscalizaciones y controles realizados a los proyectos de comercialización y exportación, conforme las Resoluciones número 304 y 393 del MADES.

Específicamente, se indaga si se cumplieron los controles in situ, tanto en los lugares de acopio como en el puerto final de salida y los controles coordinados entre el INFONA, SENAVE, Ministerio de Industria y Comercio y Aduanas (MIC).

El siguiente artículo solicita la remisión de los informes y/o actas de los controles realizados.

También consulta acerca de las acciones adoptadas en caso de haberse verificado algún impacto negativo no previsto.

Por último Afara solicita informar al SENAVE, MIC y Aduanas si han otorgado las autorizaciones correspondientes para la exportación con fines ornamentales y, en caso afirmativo, remitan los permisos concedidos.

Las instituciones aludidas disponen de un plazo legal de 15 días hábiles a partir de la recepción del pedido de informe para remitir sus respuestas.

 

Acceso al documento: http://odd.senado.gov.py/archivos/file/PI%20al%20MADES%20y%20Otros%20Mej.pdf

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