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Áreas Silvestres Protegidas


Lunes 08 de Julio de 2019
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Áreas Silvestres Protegidas

Desde sus inicios, y a través de distintas Presidencias, la Comisión Nacional de Defensa de los Recursos Naturales (CONADERNA) del Congreso Nacional, ha trabajado fuertemente desde el ámbito legislativo para proteger y fortalecer aquellas áreas naturales de nuestro país ricas en biodiversidad natural y cultural, a la par de promover un desarrollo sustentable, contribuyendo así a los objetivos de la la Ley N° 352/94 de “Áreas Silvestres Protegidas”.

Se entiende por Área Silvestre Protegida “toda porción del territorio nacional comprendido dentro de límites bien definidos, de características naturales o seminaturales, que se somete a un manejo de sus recursos para lograr objetivos que garanticen la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente y de los recursos naturales involucrados”.

La normativa estipula además que las ASP “podrán estar bajo dominio nacional, departamental, municipal o privado, en donde los usos a que puedan destinarse y las actividades que puedan realizarse deberán estar acordes con las disposiciones de la presente Ley y sus reglamentos independientemente al derecho de propiedad sobre las mismas”.

La Ley 352 también contiene aspectos que guardan relación con: definiciones, autoridad de aplicación, el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas (SINASIP), el Consejo Nacional de Áreas Silvestres Protegidas, la declaración legal de un Área Silvestre Protegida bajo dominio público y privado, la clasificación, administración y usos y actividades de Áreas Silvestres Protegidas, los guardaparques, así como los recursos financieros y el fondo de ASP.

 

SINASIP
Es el conjunto de ASP de relevancia ecológica y social, a nivel internacional, nacional y local, bajo un manejo ordenado y dirigido que permite cumplir con los objetivos y políticas de conservación establecidos por el Gobierno paraguayo, según el artículo 5° de la Ley de ASP.

Desde sus inicios, ex presidentes e integrantes de la CONADERNA, tanto Senadores como Diputados, han sido proyectistas de varias leyes que declaran las ASP, entre las que se citan:

-Ley N° 6.159/18. "Que declara área silvestre protegida de dominio municipal con la categoría de manejo paisaje protegido a la Laguna Verá y sus Humedales adyacentes, en el departamento de Paraguarí", presentado por la senadora Zulma Gómez.

-Ley N° 5.874/17. “Por el cual se asigna la categoría de manejo al Parque Nacional Tinfunqué”. Presentado por los senadores Arnoldo Wiens, Fernando Silva Facetti y Nelson Aguinagalde.

-Ley N° 5.392/15. “Que establece los linderos del Parque Nacional Defensores del Chaco, creado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 16.806 del 6 de agosto de 1975”. Presentado por los senadores Arnoldo Wiens, Nelson Aguinagalde y Fernando Silva Facetti.

-Ley N° 2.971/06. Declara como área silvestre protegida con la categoría de manejo paisajes protegidos y con la denominación “Cerro Dos de Oro” a un área de tierra localizada en el distrito de Capiibary, departamento San Pedro.

-Ley N° 2.350/03. Declara como Patrimonio Natural al Río Jejuí.

-Proyecto de Ley "Que declara área silvestre protegida con la categoría Reserva de Recursos Manejados Estero Jetyty, ubicada en el departamento de San Pedro", presentado por el senador Cándido Vera Bejarano. Actualizado y sancionado como Ley N° 6.062/18.

-Proyecto de Ley "Que modifica el artículo 3º de la Ley Nº 4387/11, Que declara como área silvestre protegida bajo dominio público, bajo el nombre Jukyty Guasu a una fracción situada en el distrito de Eusebio Ayala, departamento de Cordillera", presentado por la senadora Zulma Gómez.

-Proyecto de Ley “Que crea la Comisión Nacional de Gestión y Manejo del Lago Ypacaraí y Cuenca”, presentado por los senadores Fernando Silva Facetti, Zulma Gómez, Enrique Bacchetta, Blas Lanzoni, Juan Afara, Patrick Kemper y Stephan Rasmussen.

-Proyecto de Ley “Que declara área silvestre protegida bajo dominio privado del Estado, con la categoría especial de nombre genérico Reserva Natural a propiedades del Ministerio de Defensa Nacional”, presentado por los senadores Fernando Silva Facetti, Arnoldo Wiens, José Manuel Bóbeda, Desirée Masi, Sixto Pereira y Nelson Aguinagalde.

-Proyecto de Ley “Que declara Parque Nacional un Área de 514.233 Hectáreas localizado en el Distrito de Mariscal Estigarribia, Departamento de Boquerón, bajo la denominación de Parque Nacional Médanos del Chaco´´. Presentado por el senador Cándido Vera Bejarano.

-Proyecto de Ley "Que declara como área silvestre protegida bajo dominio privado a un sector de la reserva de recursos manejados San Rafael y, a otro sector, como área silvestre protegida bajo dominio público con la categoría de manejo Parque Nacional".

-Proyecto de Ley “Que declara de reserva ecológica un área de 3.307 hectáreas, 9.267 metros cuadrados con 6.600 centímetros cuadrados, localizado en el distrito de Capiibary, departamento de San Pedro, bajo la denominación de Reserva Ecológica Capiibary”, presentado por el senador Cándido Vera Bejarano.

-Integración del Comité de Gestión de la Reserva de Biosfera Chaco.

 

 

 

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