Jueves 01 de Mayo de 2025
img

Inicio / Presidencia / Ley N°6256/2018: RIGE PROHIBICIÓN DE DEFORESTAR LA REGIÓN ORIENTAL POR 2 AÑOS MÁS

Ley N°6256/2018: RIGE PROHIBICIÓN DE DEFORESTAR LA REGIÓN ORIENTAL POR 2 AÑOS MÁS


Martes 18 de Diciembre de 2018
1859 vistas




Así lo establece la LEY N° 6.256 “Que prohíbe las actividades de transformación y conversión de superficies con cobertura de bosques en la Región Oriental”, originada en la Cámara de Senadores. El Poder Ejecutivo promulgó el nuevo instrumento legal mediante su publicación en la Gaceta Oficial del 14 de diciembre último.

Esta Ley tiene por objeto regular la protección, la recuperación y el mejoramiento del bosque nativo en la Región Oriental para que, en un marco de desarrollo sustentable, el bosque cumpla con sus funciones ambientales, sociales y económicas, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del país, y en cumplimiento de la Ley N° 5875/2017 “Nacional de Cambio Climático".

La normativa ayudará a precautelar los últimos remanentes boscosos del Alto Paraná, permitiendo, a través de la pausa en el cambio de uso de suelo, que el ecosistema pueda regenerarse y restaurarse por sus propios medios mediante el mantenimiento de los bosques remanentes y a través de proyectos de restauración.

Según el artículo 4°, la Ley entra en vigencia a partir de su publicación y por un plazo de dos años.

Específicamente, prohíbe la realización de actividades de transformación, o conversión de superficies con cobertura de bosques, a superficies destinadas al aprovechamiento agropecuario en cualquiera de sus modalidades, a actividades industriales; o a superficies destinadas a asentamientos humanos; así como la producción, transporte y comercialización de madera, leña, carbón y cualquier subproducto forestal originado del desmonte no permitido.

Los infractores serán pasibles de sanciones administrativas como también de pena privativa de libertad, que puede ir de tres a ocho años, según el caso.

Igualmente, las condenas se aplicarán sin perjuicio de la obligación de recomponer e indemnizar el daño ambiental que se hubiera causado.

Se remarca que el Bosque Atlántico del Alto Paraná, según datos aportados por la WWF, es uno de los 200 ecosistemas más importantes biológicamente del mundo, eso ocurre debido a las valiosas especies de fauna y flora que componen dicha ecorregión, sin embargo, a pesar de su enorme importancia, solamente el 12% del ecosistema original sigue presente en Paraguay.

Debido a su valioso valor biológico y a su alta amenaza a desaparecer se propone a través de este proyecto de ley, extender durante dos años más, la pausa en el cambio de uso de suelo, para todo tipo de actividad que pretenda modificar el remanente boscoso a otro uso que no sea el forestal.

Comparte
Relacionado
DÍA DE LA INDEPENDENCIA
Jueves 14 de Mayo de 2020

En la noche del 14 y madrugada del 15 de mayo de 1 ...
CONADERNA IMPULSARÁ ACCIONES PARA LA CONSOLIDACIÓN DEL PARQUE NACIONAL JAKU’I
Jueves 23 de Julio de 2020

El Senador Juan Afara, Presidente de la Comisión ...
CONADERNA COORDINARÁ ACCIONES INTERINSTITUCIONALES PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE AGUA EN ITAPÚA
Miércoles 02 de Septiembre de 2020

El Senador Juan Afara, Presidente de la Comisión ...
CONADERNA Y UTCD ACUERDAN IMPULSAR ACCIONES DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL
Miércoles 21 de Agosto de 2019

El Presidente de la Comisión Nacional de Defensa ...