Domingo 05 de Mayo de 2024
img

Inicio / Presidencia / Ley N°6256/2018: RIGE PROHIBICIÓN DE DEFORESTAR LA REGIÓN ORIENTAL POR 2 AÑOS MÁS

Ley N°6256/2018: RIGE PROHIBICIÓN DE DEFORESTAR LA REGIÓN ORIENTAL POR 2 AÑOS MÁS


Martes 18 de Diciembre de 2018
1667 vistas




Así lo establece la LEY N° 6.256 “Que prohíbe las actividades de transformación y conversión de superficies con cobertura de bosques en la Región Oriental”, originada en la Cámara de Senadores. El Poder Ejecutivo promulgó el nuevo instrumento legal mediante su publicación en la Gaceta Oficial del 14 de diciembre último.

Esta Ley tiene por objeto regular la protección, la recuperación y el mejoramiento del bosque nativo en la Región Oriental para que, en un marco de desarrollo sustentable, el bosque cumpla con sus funciones ambientales, sociales y económicas, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del país, y en cumplimiento de la Ley N° 5875/2017 “Nacional de Cambio Climático".

La normativa ayudará a precautelar los últimos remanentes boscosos del Alto Paraná, permitiendo, a través de la pausa en el cambio de uso de suelo, que el ecosistema pueda regenerarse y restaurarse por sus propios medios mediante el mantenimiento de los bosques remanentes y a través de proyectos de restauración.

Según el artículo 4°, la Ley entra en vigencia a partir de su publicación y por un plazo de dos años.

Específicamente, prohíbe la realización de actividades de transformación, o conversión de superficies con cobertura de bosques, a superficies destinadas al aprovechamiento agropecuario en cualquiera de sus modalidades, a actividades industriales; o a superficies destinadas a asentamientos humanos; así como la producción, transporte y comercialización de madera, leña, carbón y cualquier subproducto forestal originado del desmonte no permitido.

Los infractores serán pasibles de sanciones administrativas como también de pena privativa de libertad, que puede ir de tres a ocho años, según el caso.

Igualmente, las condenas se aplicarán sin perjuicio de la obligación de recomponer e indemnizar el daño ambiental que se hubiera causado.

Se remarca que el Bosque Atlántico del Alto Paraná, según datos aportados por la WWF, es uno de los 200 ecosistemas más importantes biológicamente del mundo, eso ocurre debido a las valiosas especies de fauna y flora que componen dicha ecorregión, sin embargo, a pesar de su enorme importancia, solamente el 12% del ecosistema original sigue presente en Paraguay.

Debido a su valioso valor biológico y a su alta amenaza a desaparecer se propone a través de este proyecto de ley, extender durante dos años más, la pausa en el cambio de uso de suelo, para todo tipo de actividad que pretenda modificar el remanente boscoso a otro uso que no sea el forestal.

Comparte
Relacionado
Piden al Ejecutivo Informes sobre temas Ambientales
Domingo 28 de Octubre de 2018

En sesión extraordinaria, la Cámara ...
DECLARAN DE INTERÉS AMBIENTAL LA PROTECCIÓN DEL PARQUE NACIONAL SERRANIA SAN LUIS
Lunes 31 de Mayo de 2021

El Senador Juan Afara, Presidente de la Comisión ...
YPACARAÍ SE SUMA A LA COOPERACIÓN AMBIENTAL DE LA CONADERNA
Martes 01 de Octubre de 2019

El Senador Blas Lanzoni, Presidente de la Comisió ...
DÍA INTERAMERICANO DE LA CALIDAD DEL AIRE
Viernes 10 de Agosto de 2018

Cada segundo viernes de agosto, se celebra el Día ...