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CONADERNA y FACEN/UNA trabajarán en ajustes a normativa sobre incendios rurales


Miércoles 22 de Noviembre de 2017
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La Comisión Nacional de Defensa de los Recursos Naturales (CONADERNA), presidida por la Senadora de la Nación Dra. Zulma Gómez, y la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de Asunción (FACEN/UNA), acordaron trabajar en la reglamentación de la Ley N° 4014/2010 “De prevención y control de incendios”, a fin de que lograr que esta normativa pueda ser aplicada de modo efectivo en los municipios del país.

A fin de abordar la temática, la CONADERNA recibió al Vice-Decano de la FACEN/UNA, Prof. Dr. Javier Galeano Sánchez, y al Prof. Lic. Fernando Méndez, director de Investigación Ambiental del Laboratorio de Investigación de Problemas Ambientales (LIAPA) de la FACEN.

Se trata del segundo encuentro con autoridades de la UNA, dado que previamente la Comisión había recibido, para tratar el mismo tema, a la Ing. Larissa Rejalaga y al Lic. Edgar Martínez Cardozo, docentes de la Facultad de Ciencias Agrarias (FCA), Carrera de Ingeniería Forestal (CIF) de la UNA.

Los representantes de ambas facultades de la UNA coincidieron en mencionar la necesidad de trabajar esencialmente sobre el artículo 4° de la Ley 4014, que crea la Unidad especializada denominada "Red Paraguaya de Prevención, Monitoreo y Control de Incendios", otorgando la coordinación de esta Red a la Universidad Nacional de Asunción, a través de la FCA/CIF, FACEN/LIAPA, junto con las instituciones públicas y privadas relacionadas con la materia.

Los catedráticos explicaron que la normativa no precisa cuáles son las otras instituciones que forman parte de la Red, a la que, además, se le otorga funciones que sobrepasan la competencia institucional de la UNA, lo cual requiere de una reglamentación adecuada para los fines prácticos de la ley.

Cabe acotar que la Ley 4014/10 tiene por objeto establecer normas aptas para prevenir y controlar incendios rurales, forestales, de vegetación y de interfase; prohibiendo la quema no controlada de pastizales, bosques, matorrales, barbechos, campos naturales, aserrín o cualquier otro cereal, de leguminosas o tipo de material orgánico inflamable que pudiera generar cualquiera de los incendios definidos en la misma Ley.

Solamente autoriza la denominada “quema prescripta”, que consiste en la técnica de encendido efectuada bajo condiciones tales que permiten suponer que el fuego se mantendrá dentro de un área determinada.

Tanto el Vice-Decano, Prof. Dr. Javier Galeano, como el Prof. Lic. Fernando Méndez, expresaron su predisposición en brindar toda la asistencia institucional en materia teórica y práctica para la aplicación de la ley, además de cooperar en otros ámbitos de interés ambiental.

En un próximo encuentro, en fecha a determinar, se procederá al intercambio de información entre la CONADERNA y la UNA a fin de ir encaminando los ajustes prácticos a la ley.

Por la Comisión participaron de esta reunión la Lic. Liduvina Vera, Directora General; el Ing. Amb. Agustín Mendieta, jefe de Comisión; los directores Lic. Karina Sánchez, de Salud Ambiental; Sra. Lidia Riveros, de Convenios y Actas; Sr. Gerardo Galeano, de Gestión Ambiental; Sra. Carmen Ayala, directora de Educación Ambiental; Lic. Carlos Ayala, de Comunicación.

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